Salario mínimo, descansos, vacaciones, aguinaldo y demás prestaciones laborales, son cosas que los trabajadores tienen y disfrutan desde que entran a trabajar; sin embargo, los choferes y repartidores de apps no gozan de estos beneficios; de hecho, ¿tienen algún tipo de derecho laboral? ¿Algún tipo de seguridad social? En este artículo nos dedicaremos a analizar los derechos que tienen estos ‘trabajadores independientes’.
Derechos de los conductores de apps
Ciertamente te adelantamos que, al menos en México, los conductores de apps como Uber, Cabify, Didi y similares, no tienen derecho alguno. Pero hacemos énfasis en que en México no existen regulaciones ni legislación al respecto; pero en otros países sí que la hay.
Por ejemplo, en el estado costero de California, en los Estados Unidos, en meses recientes se aprobó una ley que obliga a las empresas a calificar como ‘trabajadores’ en toda la extensión de la palabra (incluyendo prestaciones y salario mínimo) a aquellos que erróneamente están clasificados como contratistas independientes. Así pues, para que las empresas puedan realmente decir que tienen a contratistas en su cartera, deben de pasar un simple test:
- El trabajador realmente está libre del control y dirección de la entidad contratante en relación al desempeño del trabajo.
- El trabajador realiza un trabajo que no está relacionado con el curso habitual de la empresa contratante.
- El trabajador se dedica a otra ocupación o negocio independiente del trabajo que está realizando para la entidad contratante.
En California, si la persona cumple con esas 3 características, solo así podría decirse que es un ‘contratista independiente’; en caso contrario, es un trabajador que debe de tener prestaciones laborales como salario mínimo y seguro médico. Esta nueva legislación entrara en vigor el próximo enero de 2020 y ya tiene puestas de cabeza a varias empresas como Uber o Cabify.
Otro ejemplo es el de Uruguay, donde un tribunal laboral condenó a Uber a pagar vacaciones y aguinaldo a un chofer. O en Canadá, donde la junta de relaciones laborales está solicitando que se clasifique a los conductores de apps como trabajadores y no como contratistas independientes.
De esta forma, alrededor del mundo se ven intentos por hacer que los conductores de apps como Uber o Cabify puedan tener los derechos de cualquier trabajador ordinario, tales como aguinaldo, salario mínimo o vacaciones.
Derechos de repartidores de apps
Al igual que sucede con sus hermanos conductores; los repartidores de apps de entregas (delivery) como Uber Eats, Sin Delantal o Rappi, tampoco cuentan con ningún tipo de seguridad social o prestaciones; más allá de un seguro médico en caso de accidente. Y, a pesar de los intentos de algunos colectivos como #NiUnRepartidorMenos, lo cierto es que estos ‘trabajadores independientes’ están lejos de recibir derechos laborales, al menos en la Ciudad de México y el resto del país.
Sin embargo, en otras latitudes geográficas la situación está cambiando a golpes jurídicos en tribunales; por ejemplo, en Brasil, en días recientes un tribunal laboral en Sao Paulo sentenció que un repartidor de Loggi (empresa de delivery) debía de ser contratado por esa empresa con las prestaciones completas que cualquier otro trabajador. Mientras que en Argentina, un grupo de repartidores logró afiliarse al Sindicato de Trabajadores de Comercio del Mar del Plata y en España un tribunal ordenó a la empresa Glovo de contratar de forma indefinida a sus 361 repartidores con todas las prestaciones laborales y de seguridad social.
Así pues, el reconocimiento de los derechos de los trabajadores de la llamada «gig-economy»; también conocida como economía Uber, avanza poco a poco alrededor del mundo. ¿Cuánto tiempo faltará para que sea así en nuestro país?