Algunas empresas pueden tener políticas que hacen daño a la relación entre el patrón y el trabajador. Ya antes habíamos comentado que, según un estudio realizado por académicas de la UNAM, el 85% de las empresas en México son tóxicas; así pues, una de las prácticas que hacen empresas tóxicas es despedir a los trabajadores que están de incapacidad o que regresan de, pues aprovechan la ignorancia de la Ley para violar los derechos de sus trabajadores. De esta forma, queremos darte la respuesta a una pregunta que seguramente te has hecho alguna vez: ¿pueden despedirme si estoy incapacitado?
¿Pueden despedirme si estoy incapacitado?
La respuesta es no. La Ley de Seguro Social es clara respecto a este tema; en su artículo 21 establece que:
Artículo 21. Los avisos de baja de los trabajadores incapacitados temporalmente para el trabajo, no surtirán efectos para las finalidades del Seguro Social, mientras dure el estado de incapacidad.
Lo anterior quiere decir que, por Ley, no te pueden despedir mientras tengas un estado de incapacidad determinado por el Seguro Social. Recuerda que la incapacidad puede ser por riesgo de trabajo, es decir, un accidente que te haya sucedido en el centro de trabajo o de camino a él y viceversa; y también, por enfermedad general. Además de que la incapacidad tiene que ser declarada por tu médico familiar en la UMF que te corresponda de acuerdo con tu domicilio.
¿Pueden despedirme al regresar de una incapacidad?
Pueden hacerlo, pero debe de haber una justificación de por medio y ésta no puede ser simplemente porque te incapacitaste. Además, recuerda que en caso de que el patrón decida rescindir de la relación laboral, tienes derecho a que te indemnice con 90 días de salario, más el proporcional de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, junto con la prima de antigüedad. De lo contrario, si te despiden al regresar de incapacidad, te amenazan con no darte tu liquidación o con sólo darte un finiquito y hasta te obligan a renunciar, estás siendo víctima de un despido injustificado y puedes acudir a la Junta de Conciliación y Arbitraje a demandar a tu patrón.
¿Qué pasa si me dan una pensión por mi incapacidad?
Si tu médico familiar considera que la incapacidad por riesgo de trabajo o por enfermedad general que tienes se ha vuelto permanente, parcial o total, entonces el seguro social te otorgará una pensión de acuerdo con el grado de incapacidad que te corresponde según la Ley Federal del Trabajo y a discreción del propio médico, pues considera que, desafortunadamente, ya no estarás en condiciones de volver a realizar la actividad que venía desempeñando. Ese es el único caso en el que la relación de trabajo puede rescindirse sin responsabilidad para el patrón, pues se da a entender que no te quedas en estado de indefensión por la pensión que te asignan para el resto de tu vida.
Ahora sí, que no te traten de asustar con que te van a despedir por incapacitarte. Conoce tus derechos como trabajador y ejércelos.