Los conflictos laborales no los deseamos nadie, pero a veces, por más disposición que exista para conciliar y arreglar la situación, el último e invariable recurso es tener que llegar a la Junta de Conciliación y Arbitraje; pero, ¿sabes en dónde tienes que demandar de acuerdo a tu lugar de trabajo? Aquí te contamos todos los detalles.
¿Dónde demandar?
Es común escuchar la siguiente frase ante cualquier acto que restrinja los derechos laborales de los trabajadores: «Ve a Conciliación y Arbitraje»; pero, a diferencia de lo que se puede creer, las Juntas de Conciliación y Arbitraje son más una suerte de tribunal que una ventanilla de informes, quejas y sugerencias. Si tú como trabajador vas a Conciliación y Arbitraje con la firme convicción de demandar, te van a decir que necesitas un abogado. Pero, si no tienes para pagar un abogado, lo mejor será que primero vayas con la PROFEDET, que en éste artículo ya te explicamos cómo funciona.
Ahora, si bien tu abogado debe de saber en dónde demandar, es probable que tú también quieras saber por qué y en dónde está siendo llevado tu proceso de Conciliación y Arbitraje, pues no es lo mismo una Junta Federal que una Junta Local. Todo depende de la naturaleza de tu trabajo.
Competencia Federal vs. Local
No es lo mismo que tú hayas trabajado para una aerolínea que para la papelería de la esquina y no es una cuestión de clasismo. Resulta que la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 527, define que algunos trabajos son de competencia exclusivamente federal, por tanto, la resolución de sus conflictos tendrá que llevarse a cabo en una Junta Federal de Conciliación y Arbitraje:
- Empresas textiles.
- Empresas de electricidad.
- Empresas que se dedican a la industria cinematográfica.
- Empresas que se dedican a la fabricación de llantas.
- Empresas azucareras.
- Empresas mineras y las que se dedican al hierro y al acero.
- Empresas que se dedican a la producción de gasolina.
- Empresas que se dedican a la extracción de combustibles fósiles.
- Cementeras y caleras.
- Empresas de la industria automotriz.
- Empresas que fabrican productos químicos.
- Empresas que producen celulosa y papel.
- Empresas que se dedican a producir aceites y grasas vegetales.
- Empresas de alimentos enlatados, envasados o sellados al vacío.
- Empresas que produzcan bebidas envasadas o enlatadas.
- Ferrocarriles.
- Empresas madereras.
- Vidrieras.
- Tabacaleras.
- Servicios de banca y crédito.
- Asuntos que tengan que ver con empresas que tengan una concesión o contrato federal, como las televisoras y radiodifusoras, o que trabajen en una zona federal, como en puertos y aeropuertos.
En consecuencia, todos los demás trabajos que no sean de competencia federal, deben de llevarse a cabo en una Junta Local de Conciliación y Arbitraje.
Jugar con la jurisdicción
Una ventaja que los abogados pueden usar a su favor es la jurisdicción de las Juntas de Conciliación. La jurisdicción se refiere al ámbito geográfico de aplicación en donde pueden actuar. Por ejemplo, si un trabajador tenía su centro de trabajo en Guadalajara; pero, esa empresa tiene una sucursal en Ciudad de México, es posible realizar esa demanda, tanto en Jalisco como en la CDMX.
Por otro lado, algunos procedimientos especiales se deben de llevar a cabo en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, como una declaración de Beneficiarios, para acceder a recursos del IMSS, el AFORE o del INFONAVIT, en caso de que el titular hubiera fallecido y no hubiese designado a sus beneficiarios.
¿Y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje?
Todo lo anterior es para los trabajadores, pero para el caso de los burócratas; es decir, de los servidores públicos que tienen una relación de trabajo con el Estado, existe el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. Que es un órgano Jurisdiccional al que se someten los conflictos individuales, colectivos e intersindicales, de los titulares y trabajadores de las dependencias de los Poderes de la Unión, del Gobierno de la Ciudad de México y demás instituciones.