El número de trabajadores autónomos o “freelancers” va en aumento. No solo por decisión propia, sino que también cada vez más empresas contratan a sus empleados bajo este esquema.
Sin embargo, en muchas ocasiones, para ser tomados en cuenta por las compañías, estos trabajadores deben estar dados de alta ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), lo cual hace que muchos se conformen con pequeños proyectos en los cuales no les pidan este requisito.
A la mayoría nos da dolor de cabeza hacer estos trámites, pero estar en orden también significa acceder a mejores oportunidades. Además de que si llevas tus declaraciones al día, es más sencillo de lo que crees.
Contratar a un contador para que te lleve la administración de tus ingresos no es tan costoso y hacerlo por ti mismo ya no es tan complicado como antes (aunque sí necesitas un poco de asesoría). Aquí te aclaramos algunas dudas muy básicas.
¿Qué tipo de régimen me conviene?
El régimen más común entre los freelancers es por recibo de honorarios, para el cual debes presentar declaraciones mensuales y anuales.
La otra opción es por asimilables a salarios, que es como empleado de la empresa externo; en este caso solo te piden una declaración anual, pero tienes la desventaja de que no puedes deducir mensualmente.
¿Qué gastos puedes deducir?
Consejos generales
- Ya que tengas bien claro las ventajas de darte de alta ante el SAT, reúne toda la información y documentos requeridos antes de acudir.
- Deja un día libre para atender estos trámites y no vayas con prisa.
- Asesórate con un contador de confianza.
- Analiza bien cuál régimen te conviene.
- Pregunta todas las dudas que tengas.
- Siempre pide comprobantes de tus compras y algún tipo de recibo a tus clientes.
- No olvides las fechas de tus declaraciones, no importa que sean administradas por otra persona, revisa que se realicen.