A medida que la vacunación avanza en el país, son más y más las empresas que están cambiando a esquemas de trabajo híbridos con amplias medidas de seguridad; sin embargo, el riesgo de contagiarse de COVID-19 continúa latente, aún y con las dos dosis de alguna vacuna. Por ello, es importante que los trabajadores afiliados al IMSS o al ISSSTE sepan qué deben hacer en caso de que se enfermen de COVID y así tramitar su incapacidad.
(Recuerda lavarte bien las manos).
Para los trabajadores afiliados al IMSS
Si eres un trabajador que cotiza ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, entonces debes saber que puedes optar por un permiso o incapacidad por riesgo de trabajo. En el primero, debes saber que el permiso es por 10 días y sin goce de sueldo, mientras que, si quieres buscar la incapacidad por riesgo de trabajo, deberás de seguir un procedimiento y requisitos distintos. Aquí te explicamos:
Permiso por COVID-19
Si sospechas que tienes COVID-19 o si ya manifiestas síntomas, lo que tienes que hacer es entrar a la página del IMSS en donde deberás responder un cuestionario de síntomas por COVID. Dependiendo de las respuestas, el cuestionario te pedirá que te presentes a tu Módulo MARSS más cercano (Módulo de Atención Respiratoria del Seguro Social), en donde te realizarán una prueba (o puedes llevar una prueba realizada con un laboratorio externo que tenga convenio con el IMSS). En caso de salir positivo, te expedirán un permiso por hasta 10 días para que puedas ausentarte de tu empleo (si después de esos 10 días aún presentas síntomas, debes acudir nuevamente al MARSS para una nueva prueba y una extensión del permiso en caso de salir positivo).
Incapacidad por COVID-19
Ahora, si crees que derivado del ejercicio de tus labores en el trabajo te contagiaste de COVID-19, para acceder a las prestaciones del seguro de riesgos de trabajo y obtener el subsidio de 100% tu sueldo desde el primer día, debes hacer lo siguiente:
- Presentarte en tu Unidad de Medicina Familiar con tu cartilla médica y tus resultados de laboratorio (en caso de tenerlos).
- Tu médico familiar evaluará el riesgo al que estabas expuesto en tu centro de trabajo, además de que le pedirá a tu patrón información sobre tus actividades.
- Si derivado de la información, el médico familiar determina que hubo otros compañeros contagiados (brote), entonces procederá la incapacidad por riesgo de trabajo.
Para los trabajadores afiliados al ISSSTE
Si eres un trabajador al servicio del Estado y quieres obtener tu incapacidad por COVID-19, deberás acudir la Clínica que te corresponde de acuerdo con tu domicilio. Dirigirte al módulo de enfermedades respiratorias, mencionar que eres un paciente COVID y llevar una ficha que se te proporcionará en ese momento. Si llevas estudios de laboratorio, mejor. También debes llevar tu carnet de citas, tu último talón de pago y tu identificación oficial.